El uso de las prendas de etiqueta no depende, generalmente, de las personas que asisten a los actos públicos. Por el contrario, corresponde a los organizadores o anfitriones de un acto determinado y, en su caso a los jefes de protocolo y relaciones públicas, decidir la clase de indumentaria que deben llevar los asistentes a los actos, según la naturaleza de estos, la hora en que se celebren o bien el relieve que se quiera dar al acto. Esto se hace saber en la tarjeta de invitación y se acostumbra colocar una expresión como:
- "se ruega etiqueta". Significa que el organizador pide se vista de etiqueta sencilla (chaqué, smoking). En caso de ser imposible acceder al ruego del anfitrión, debe vestirse por lo menos "traje oscuro", expresión que también suele utilizarse en forma alternativa (chaqué o traje oscuro, smoking o traje oscuro).
- "chaqué o uniforme" expresión que indica que debe vestirse tales prendas.
- "rigurosa etiqueta" que tiene un carácter obligatorio.
- "frac o uniforme con condecoraciones", expresión también de signo obligatorio.
Por lo general, no se hace referencia de manera concreta a la indumentaria de las damas. No obstante, suele utilizarse la expresión: "señoras: traje de noche". La noche obliga a utilizar vestidos largos, escotes generosos (sin caer en lo vulgar), e incluso maquillajes algo más fuertes pero siempre elegantes sin recargar demasiado, joyería o bisutería de calidad. Para un almuerzo o cóctel se recomiendan trajes o vestidos cortos, en ningún caso se recomienda el vestido largo.
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